lunes, 30 de marzo de 2020

ECONOMÍA DEL TURISMO. El turismo después del coronavirus.

El turismo después del coronavirus
En los últimos días algunos medios y personas me han preguntado por mi opinión sobre cómo esta terrible crisis va a afectar al sector turístico. Partiendo de la base de que, en estos momentos a día 24 de marzo de 2020, el foco debe estar en superar la grave crisis de salud y apoyar a los afectados, quizás ya podamos comenzar a reflexionar sobre el futuro de nuestra industria. Antes, sinceramente, no tenía muchas ganas de hacerlo. 
Sin duda, el turismo está siendo uno de los motores económicos más afectados en España. Las fronteras se han cerrado, los últimos visitantes extranjeros vuelven a sus países y el movimiento de los residentes entre poblaciones o regiones es casi nulo.
Y es posible que estos movimientos se restrinjan aún más si se acentúan las medidas del confinamiento. Por tanto, la actividad turística hoy en día es prácticamente nula, con los establecimientos de ocio, alojamiento, restauración, etc. cerrados y sin fecha prevista de reapertura.
Si tomamos como referencia a China, solo tras dos meses y medio el Gobierno chino ha permitido los desplazamientos en la provincia de Hubei. Lo “bueno” en aquel país es que la crisis sanitaria se concentró mucho en esta zona, no afectando tanto a otras provincias. En España y en el conjunto de Europa la afectación es más generalizada y dispersa. 
La cuestión es, ¿cuándo y cómo se podrá retomar la actividad? Para la primera pregunta no hay respuestas todavía. Pero la segunda podemos comenzar a elucubrar cómo y qué hacer. Cómo será el turismo tras esta crisis que sacude los cimientos de nuestra sociedad. Estas son mis reflexiones:
  • Nos quedamos en nuestro país: Si bien el “proteccionismo turístico” es, en mi opinión, una mala idea que a España nunca le puede interesar, es previsible que los primeros atisbos de actividad turística se circunscriban a las fronteras de nuestros países. En el caso de España es proverbial el gusto por viajar en nuestro país (solo en torno al 10% del total de viajes de los españoles se hacen fuera de España, según datos del INE), por lo que a corto plazo es de prever una consolidación de este comportamiento. Países como Francia, Portugal o Italia se verán afectados al ser los principales destinos de nuestros viajes en el extranjero. Los destinos españoles con menor dependencia de visitantes no residentes sufrirán menos, si bien estos son ya pocos con la internacionalización y diversificación de mercados emisores vividas estos últimos años. Lógicamente las llegadas desde los mercados emisores más lejanos, como Estados Unidos, China, Japón o Corea del Sur serán las más afectadas. Lo malo de ello es que son los de mayor gasto por viajero.
  • Preferencia por escapadas a destinos cercanos: Las famosas staycations, con o sin pernoctación, con vehículo propio frente a viajes que requieran de vuelos o barcos. Viajes cortos, que no nos alejen mucho de nuestra residencia, por lo que se tratará de pequeños roadtrips de pocos días.
  • Evitaremos las aglomeraciones: Instalaciones como parques temáticos, parques acuáticos, grandes celebraciones, conciertos….deberán garantizar un nivel de limpieza y desinfección extremos, una vez que puedan abrir o tener lugar.
  • Imagen de limpieza: Algo que siempre debería cuidarse, ahora cobra un papel fundamental. ¿Podremos seguir disfrutando de nuestras queridas barras de pintxos? ¿Qué cambios deberemos incorporar en nuestras cocinas y comedores? ¿cómo se adecuará la limpieza de pisos? ¿cómo protegeremos a nuestro personal? Nuevas incógnitas para un nuevo escenario.
  • La España vaciada podría llenarse: Frente a destinos urbanos, donde las aglomeraciones, el transporte público pudieran tener peor prensa, los destinos rurales, la naturaleza, espacios abiertos y menor saturación de personas ganan enteros y atractivo. Además, podemos optar por alojamiento de alquiler completo, con jardín o áreas de juego de uso limitado.
  • Vida slow: Sin duda estas semanas de confinamiento nos hará a todos reflexionar sobre la necesidad de centrarnos en lo importante, huir de lo accesorio, sobre la fragilidad de nuestras acomodadas vidas. Frente a la velocidad y estrés pre-COVID 19 buscaremos destinos, experiencias más slow, vivir más el momento. El turismo experiencial, el transformador, el turismo más sensorial podría consolidarse
  • Transporte individual vs público: Por desgracia permanecerá en nosotros ese recelo por el de al lado. Poder compartir espacios pequeños con personas enfermas será algo a evitar en la medida de lo posible. Así que optaremos por medios de transporte privados como el coche o las autocaravanas, frente a medios más masivos
  • Oferta sanitaria de nuestros destinos: España siempre ha sido un destino considerado muy seguro, no solo por la baja delincuencia sino también por nuestra magnífica infraestructura sanitaria. Una vez esta crisis pase y nuestras clínicas y hospitales retornen a una situación de estabilidad, los destinos deberán poner más el foco en garantizar la atención sanitaria de los visitantes. Los seguros de salud podrán ser partners estratégicos. 
  • Evitar las bajadas extremas de precio: Si bien es muy fácil recomendar esto, creo que no debería huir de bajadas exageradas de precio de las que luego costaría salir. Para incentivar a la demanda entiendo que es más interesante incrementar el valor que bajar el precio
  • Destinos virtuales: No me refiero a que la gente optará por viajar de manera virtual desde sus casas. Eso no satisface la necesidad. Pero los destinos sí pueden facilitar o favorecer las visitas “previas” virtuales, de manera que los potenciales visitantes puedan conocer a priori lo que se van a encontrar
  • Impacto en los intermediarios: Si bien esto dependerá mucho de la respuesta que cada proveedor o intermediario den a las devoluciones o reclamaciones, ya vemos un posible cisma entre Booking y los hoteleros. Puede ser que en el futuro privilegiemos reservar directamente con el proveedor frente al intermediario, en la esperanza de que estaremos más cubiertos ante cancelaciones.

Seguro que muchas de estas cosas no sucederán, otras sí, algunas de otra manera…de todas formas, el sector turístico ha mostrado siempre su resiliencia y capacidad para recuperarse. Este golpe es muy duro, pero nos levantaremos.
Viajar es ya una parte fundamental de la forma de vida contemporánea y, esperemos, volvamos todos a hábitos pretéritos y disfrutemos, ahora de manera más consciente, de nuestras experiencias viajeras. 
Consultor y formador turístico y la web emoturismo.com.

ECONOMÍA DEL TURISMO. Cuba. Coronavirus. Crisis que lastima a España.


Parón de turistas en Cuba también lastima a España que posee el 75% de los hoteles

Cuba se ha quedado sin turistas, como buena parte del mundo, y sufrirá la consecuencia económica de ello, pero España también. La mayor parte de la oferta hotelera en la Isla es española y las cadenas presentes sufrirán de forma contundente la decisión del gobierno de cerrar 30 días el país al turismo.

El turismo está mayoritariamente en manos de hoteleras españolas en Cuba, que concentran el 75% de la inversión en la Isla. Por ejemplo, Meliá tiene 27 establecimientos (13 mil habitaciones) y NH y Barceló, una posición estratégica. Junto a Iberostar, Ríu, Globalia-Be Live, Blue Bay, H10 y Hotusa gestionan el 90% de las camas en los hoteles cubanos. Además Air Europa e Iberia, en proceso de integración, operan vuelos clave a la Isla. Las pérdidas para estas empresas españolas serán millonarias, si bien la crisis en el turismo es en toda América Latina.

Desde Perú al Caribe, la industria del turismo se tambalea por las restricciones aéreas en la región y en los países emisores de visitantes, medidas internas contra la pandemia y cancelaciones.

El sector del turismo es muy dependiente de un segmento aéreo derribado también por el virus y que comienza a sufrir el cierre de fronteras, es fuente clave de ingresos para Brasil, México, Argentina, Colombia, Ecuador, Chile, Dominicana y Cuba.

La hotelera española Ríu también ha anunciado el cierre progresivo de hoteles en México tras las medidas por la pandemia y el gran impacto en el turismo provocado por las restricciones a viajar. Y no será la última cadena en el área que lo haga. Ríu, de momento, espera mantener en operación uno o dos hoteles en cada uno de los destinos donde tienen presencia: Cancún, Playa del Carmen, Costa Mujeres, Los Cabos, Mazatlán, Nuevo Vallarta y Guadalajara.

La firma Ríu tiene 20 hoteles en México, con 10 mil empleados. Seis de cada diez hoteles están en manos de firmas españolas como Grupo Piñero (Bahía Príncipe), Iberostar, Meliá, Barceló, Oasis, Palladium, Occidental, BlueBay, Princess, Catalonia, H10, Sirenis, HM y Riu. México, principal destino en el área y séptimo mundial, y donde el sector aporta el 8,7% del PIB, recibió 41 millones de viajeros, el 35% del total regional en 2018. Aunque es el único país que no ha cerrado fronteras, Aeroméxico ha reducido sus vuelos a España a la mitad y el sector cruceros sufrió un duro golpe. 

En Dominicana, otro país donde reinan las españolas, la situación es también dura. Una mayoría de hoteles ha tenido que cesar operaciones por el cierre de fronteras, según la Asociación de Hoteles y Turismo, que prevé que se tarde de 8 a 12 semanas en reabrir las instalaciones. En Dominicana hay 18 hoteleras españolas: Meliá, Ríu, Barceló, Iberostar, Be Live (Globalia), Bahía Príncipe, NH, Paladium, Catalonia, H10, Fiesta, Piñero, BlueBay, Majestic, Sirenis, Occidental y Martinon.

En Panamá también se ha decretado la prohibición de todos los vuelos internacionales, lo que cierra el ‘hub’ de las Américas de Copa Airlines, que suspenderá operaciones de modo temporal. Chile también ha cerrado sus fronteras a cal y canto.

El último ‘Barómetro OMT del Turismo Mundial’ señalaba que el turismo global siguió avanzando en 2019 más que la economía internacional (+4%) y esperaba una mejora similar en 2020 que la pandemia ya ha echado por tierra.




domingo, 29 de marzo de 2020

DERECHO DEL TURISMO. Contratos de arrendamiento hotelero y Coronavirus.

Los contratos de arrendamiento Hotelero ¿Debo seguir pagando la renta?


El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (en adelante, Real Decreto de Estado de Alarma), habilitó al Ministro de Sanidad, entre otros, para para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera específica de su actuación, fueran necesarios para garantizar la seguridad y protección de las personas.
Al amparo de esa habilitación, el día 19 de marzo se dictó la Orden SND/257/2020, por la que se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, y se ordena el cierre de todos los establecimientos en el plazo máximo de siete (7) días desde su entrada en vigor (en adelante, la Orden de Cierre).
A pesar de que la Orden de Cierre no establece el plazo de vigencia de la suspensión, la misma estará vigente mientras dure la declaración del Estado de Alarma: al menos hasta el próximo 12 de abril de 2020. No sería descartable que a partir de entonces se estableciera un período adicional durante el cual se mantuviera la prohibición de la apertura al público de determinados establecimientos, entre ellos los alojamientos turísticos.
La realidad es que nos enfrentamos a un período indeterminado, durante el cual los los Hoteles afectados deberán permanecer cerrados. Por tanto, sus ingresos serán nulos. Sin embargo, los Hoteles seguirán haciendo frente a una serie de gastos fijos. Entre ellos el pago de la renta.
La anterior situación supone a todas luces una modificación del contexto inicial en el que se firmó el contrato de arrendamiento. Con un claro perjuicio patrimonial para la Arrendataria que conlleva a la vez un desequilibrio de las prestaciones pactadas en su día en el contrato de arrendamiento.
Ante tal situación, y siempre que se cumplan los requisitos que la jurisprudencia ha establecido al respecto, la Arrendataria podrá ampararse en la cláusula rebus sic stantibus para exigir una renegociación de las condiciones del contrato, especialmente en cuanto al importe de la renta, que deberá adaptarse a la nueva realidad.
Abogada en Monlex

sábado, 28 de marzo de 2020

DERECHO DEL TURISMO. España. Coronavirus. Exclusiones en el ERTE


Edición España. La crisis del coronavirus

Miles de fijos discontinuos y eventuales, excluidos de los ERTE

CCOO denuncia que estos trabajadores "se ven sin empleo y sin prestaciones por desempleo o agotando las que ya tenían reconocidas"27 MARZO, 2020

  • Aquellos fijos discontinuos y eventuales que no sean incluidos en un ERTE de fuerza mayor verán mermados sus derechos
  • Un ERTE por fuerza mayor da derecho a la prestación por desempleo aunque se carezca del periodo de cotización necesaria
  • CCOO presentará alegaciones en los expedientes que no hayan incluido a fijos discontinuos y eventuales
La oleada de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que está llegando a la industria turística con motivo de la crisis del coronavirus está dejando fuera de este esquema de protección a miles de trabajadores fijos discontinuos así como a empleados eventuales, según ha advertido el sindicato CCOO. Esto significa que esas personas no tendrán acceso a la prestación contributiva por desempleo.
“A muchas de estas personas el ERTE les ha cogido trabajando y a otras a punto de hacerlo, sobre todo en hoteles de temporada y, por la crisis del coronavirus, se ven sin empleo y sin prestaciones por desempleo o agotando las que ya tenían reconocidas”, según explica Gonzalo Fuentes, responsable de Hostelería y Turismo de CCOO.
Y es que, al no ser incluidos estos trabajadores en los ERTE, no podrán beneficiarse de las medidas de protección especial para los trabajadores que fueron incluidas en el Decreto Ley del pasado 17 de marzo. Dicho Decreto fue aprobado por el Consejo de Ministros, en el paquete de medidas económicas para combatir la crisis del coronavirus.
Concretamente, el Decreto prevé que los ERTE, tanto los de suspensión del contrato como los de reducción de jornada, se considerarán de fuerza mayor si son causados por las medidas adoptadas para combatir el Covid-19 y se resolverán en un plazo máximo de siete días.
Cabe recordar que las empresas pagan de cuota a la Seguridad Social el 32% del salario bruto de un trabajador. Sin embargo, aquellas empresas que hagan un ERTE por fuerza mayor tan solo tendrán que pagar el 8%.

Imagen de archivo de un hotel.

Prestación por desempleo

Al mismo tiempo, ese Decreto Ley contempla que las personas como fijos discontinuos o trabajadores eventuales incluidos en un ERTE tengan acceso a la prestación contributiva por desempleo “aunque carezcan del periodo de ocupación cotizada mínimo necesario para ello". Además, no computará el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo "a los efectos de consumir los periodos máximos de percepción establecidos”.
“Hago un llamamiento a los empresarios: no despidan a los trabajadores, es una crisis temporal", dijo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, cuando presentó el paquete de medidas.
Antes del estado de alarma, ya fueron rescindidos miles de contratos de fijos-discontinuos y eventuales, que ahora no se han incluido en los ERTE
Pero según añade el representante sindical de CCOO, “también estamos observando con preocupación que, antes de que el Gobierno decretase el estado de alarma y promulgase el Real Decreto de medidas económicas del 17 de marzo, se cortaron los contratos a cientos de miles de fijos discontinuos y a eventuales porque ya estaban bajando las ocupaciones. Y ahora muchas empresas dicen que estas personas no se incluyen en los ERTE, a pesar de la bonanza turística que hemos vivido en nuestro país. Sencillamente me parece una vergüenza”.
Por todo ello, CCOO anuncia que presentará alegaciones en los expedientes que se presenten por fuerza mayor ante la Inspección de Trabajo, organismo que emite el informe para la Autoridad Laboral antes de la aprobación de un ERTE. Y en caso que un ERTE sea aprobado sin incluir al colectivo de fijos discontinuos, el sindicado presentará “demandas individuales y de conflicto colectivo ante la jurisdicción social”.

"Evitar la picaresca"

Según explica Carlos Martínez, presidente de la institución académica IMF Business School, debe recordarse que un ERTE es “una suspensión con carácter temporal de los contratos, un parón de la relación laboral entre empresa y empleado que se establece por un plazo de tiempo determinado y que las compañías adoptan por razones económicas, organizativas o de producción. O bien por causas de fuerza mayor, como es el caso y como el Gobierno ha dictaminado que se reconozcan en esta crisis”.
En opinión de este experto, “en el actual estado de alarma decretado por el Ejecutivo, los ERTE son posiblemente una de las soluciones de más rápido impacto para garantizar la supervivencia de muchos de los negocios afectados. Pero, ojo, solo se deben aplicar en aquellos casos en los que la supervivencia del negocio esté real y efectivamente afectada y en peligro. En este sentido, será fundamental la vigilancia y el seguimiento de las autoridades laborales con el objetivo de evitar posibles casos de picaresca”.

viernes, 27 de marzo de 2020

ECONOMÍA DEL TURISMO. España. Booking justifica cancelaciones sin gastos.

Edición España. Enfado en la comunidad hotelera

Booking justifica la cancelación sin gastos en la crisis del coronavirus

"Hacer que sea relativamente fácil para nuestros huéspedes mutuos cambiar sus planes es lo correcto"24 MARZO, 2020
La decisión por parte de Booking.com de permitir a los clientes la cancelación, sin gastos, de reservas de tarifas no reembolsables durante la crisis del coronavirus "está de acuerdo con la ley aplicable y nuestros Términos generales, con los cuales todos nuestros socios están de acuerdo al formar parte de nuestra plataforma", según ha explicado la compañía a raíz del enfado que se ha generado entre la comunidad hotelera.
En un comunicado enviado ayer lunes por la OTA, la empresa manifiesta que "nuestra mayor preocupación es la seguridad de nuestros socios y clientes. Todos sentimos el impacto que supone la incertidumbre actual en torno a los viajes. Creemos que trabajar con nuestros socios para hacer que sea relativamente fácil para nuestros huéspedes mutuos cambiar sus planes es lo correcto. Esto supone que serán más rápidos a la hora de volver a viajar cuando la situación mejore, lo que a su vez protege el futuro de nuestra industria".

"Momentos excepcionales"

"Las circunstancias forzosas son solamente implementadas por Booking.com en momentos excepcionales debido a circunstancias atenuantes, como aquellas en las que los gobiernos declaran restricciones de viaje para proteger la salud y la seguridad pública", añade la compañía.
"Todo esto está de acuerdo con la ley aplicable y nuestros Términos generales, con los cuales todos nuestros socios están de acuerdo al formar parte de nuestra plataforma. En tales momentos, cuando un cliente puede no ser físicamente capaz de llegar a la propiedad, lo apoyamos ofreciéndole una cancelación gratuita o modificando las fechas de su estancia, cuando sea posible", indica Booking.com.
"A la luz de estas restricciones impuestas por el gobierno, si un hotel reembolsa a un cliente lo que ya ha pagado, Booking.com, por supuesto, también renuncia a cualquier comisión", apunta la empresa.

"Seguimos monitoreando de cerca la situación, incluyendo los anuncios e instrucciones de la OMS y las autoridades locales relevantes, con equipos que trabajan las 24 horas para ofrecer asesoramiento y apoyo a nuestros socios de alojamiento en España, así como en otros lugares del mundo", concluye Booking.com.

miércoles, 25 de marzo de 2020

ECONOMÍA DEL TURISMO. Bolivia. Coronavirus. Situación del sector turísiticos.

Por coronavirus se cierran hoteles y quedan cesantes los operadores de turismo


Organizaciones como Abavyt y las cámaras de hotelería y de turismo señalan que el cierre de fronteras y la reducción de horas laborales dejan al sector sin actividad y, lo que es peor, sin ingresos económicos.

Las agencias de viajes dejaron de vender boletos aéreos, las operadoras de turismo ya no prestan servicios, los centros de hospedaje -entre ellos hoteles de cinco estrellas- comenzaron a cerrar sus puertas y los trabajadores de este rubro quedaron cesantes, sin trabajo o parados de sus fuentes laborales. Este sector trabaja con turistas y huéspedes; sin ambos actores la actividad se paraliza.
Algunos hoteles de la ciudad de La Paz visitados por este diario la semana pasada ya  no tenían huéspedes, otros solo contaban con clientes de contrato mensual y anual. Además, en varios centros de hospedaje, los trabajadores - entre botones, personal de limpieza y cocina- se tomaban su vacación anual. Pocos se quedaron para realizar el mantenimiento y cuidado del inmueble.  
“No hay huéspedes. El golpe es muy fuerte (las restricciones para contener el coronavirus) y para las agencias de viajes vamos a dejar de vender boletos aéreos a nivel internacional porque todas las fronteras están cerradas y no es una determinación de Bolivia, sino es de todo el mundo”, informó a Inversión de Página Siete el presidente de la Asociación Boliviana de Agencias de Viaje y Turismo (Abavyt), Marco Antonio Mercado.
Explicó que muchas agencias que ya tenían pasajeros, tuvieron que hacer una reprogramación y evacuar a sus clientes del país antes del cierre de las fronteras, que el viernes (20) entró en vigencia. “De esta manera, el efecto es negativo, contrario al sector y las pérdidas se las van a calcular en un par de semanas o un par de meses, con montos reales” pues “dejamos de vender, de generar ingresos y la preocupación es el tema laboral para todos los prestadores de servicios turísticos”.
Mercado informó que el miércoles (18) su sector dejó de recibir ingresos, una vez que el Gobierno determinó la reducción de horas de trabajo de ocho a cinco y el cierre de fronteras, entre otras medidas para contener el avance del Covid-19. “La baja en la demanda de turistas dejó sin trabajo a las agencias de viajes, operadoras de turismo, hotelería; este sector es una economía transversal en la que están los transportistas, gastrónomos, artesanos y toda la cadena turística está afectada”, acotó.
Los hoteles están vacíos
El presidente de la Cámara Departamental de Hotelería de La Paz, Guillermo Cáceres, informó a Inversión de Página Siete que a “nivel departamental se cierran hoteles porque no hay clientes”, algunos continúan operando pero “a media máquina” y otros “dejaron dos pisos habilitados para que estén algunos clientes, que tienen contratos anuales, pero se está sacando al 70% del personal porque los hoteles están vacíos, porque no ingresa gente del exterior al país y los hoteles están con tres a nueve personas. Por eso están sacando al personal y sólo dejan a algunos de emergencia”.
Hasta el 2018, en el país había al menos 28 hoteles cinco estrellas o que brindan una atención “excepcional” a sus clientes, de un total de 1.476 centros de hospedaje, los que van desde un hotel, apart hotel, residenciales, hostales, alojamientos, hasta casa de huéspedes, según el INE.
Cáceres, dijo a este diario, en octubre de 2019, que la entidad que dirige agrupaba hasta entonces a 130 centros de hospedaje socios, entre ellos hoteles de entre una y cinco estrellas.
Ahora Cáceres precisó que tres hoteles cerraron sus operaciones en los últimos días y “no puedo dar los nombres por ética”, también hicieron lo mismo los centros de hospedaje de la calle Illampu, en la ciudad de La Paz. “La mayoría sacó a su gente de vacación como una primera medida, pero eso puede acabar en 15 días o un mes, después no sé qué se podrán hacer, no sé qué vamos a hacer”.
Piden flexibilización laboral
El presidente de la Cámara de Operadores de Turismo, Raúl Calvimontes, informó a Inversión de Página Siete que hay alrededor de tres mil empresas legalmente establecidas en el país, las que están relacionadas con agencias de viajes, operadoras de turismo y servicios de hospedaje. Estimó que en todos esos centros trabajan alrededor de cien mil personas en todo el país, las que ahora quedaron cesantes o sin qué hacer porque no tiene turistas ni huéspedes a quienes prestar sus  servicios habituales.
Cáceres sostuvo que se está pidiendo al Gobierno una “cierta flexibilización laboral” porque al no tener huéspedes ni turistas, las empresas del rubro no tienen ingresos y en consecuencia no hay recursos para pagar sueldos a los dependientes de los hoteles, agencias de viajes y operadoras de turismo. “Estamos pasando una carta al Ministerio de Economía para hacerle notar que no hay ingresos y en esta situación no se va a poder cubrir las deudas a los bancos, AFPs y mucho menos pagar sueldos al personal”, dijo.
Explicó que mientras dure la cuarentena y las fronteras estén cerradas, los hoteles y agencias de viajes no tendrán ingresos, pero en ese tiempo debe cumplir con sueldos, pago por servicios básicos e impuestos. Dijo que se proponen varias salidas al tema. “Se mencionó cese de trabajo sin reconocimiento de haber; pausa laboral sin perder su antigüedad pero sin goce de haberes”. 
Otra alternativa es que a los ejecutivos se les baje su salario al mínimo y se respete a la mayoría con salario mínimo. “También podría ser que el Estado nos exima de varios pagos para que tengamos la posibilidad de cumplir con algo de la planilla salarial; por ejemplo, que nos libere de pagar algunos servicios como luz, agua y gas. Este pedido lo hacemos porque el Estado es propietario de las empresas de electricidad, ellos pueden ordenar que no se cobre a los hoteles; también que se exima el pago del agua y lo mismo del gas”, dijo.
También, continuó, nos gustaría escuchar del Gobierno que “nos exima del impuesto al IVA y IT porque no se va a poder cumplir. No lo podremos pagar y con ello tendremos más multas, intereses y nos van a poner en una peor situación”.
Cáceres cree que el Gobierno de Jeanine Añez debería desembolsar recursos al sector privado para garantizar el pago de sueldos en empresas que no producen productos tangibles como son los hoteles y agencias de viajes porque las que producen panes o zapatos los harán igual en las horas restringidas de trabajo diario, pero un hotel sin huéspedes no genera ingresos. Recordó que España desembolsará 200 millones de euros a la economía de ese país para que no entre en recesión. “Bolivia podría hacer algo similar”, dijo.
La pérdida es millonaria
En un documento conjunto, emitido por Abavyt, Cámara Boliviana de Hotelería, Canotur, Abatur, Asociación de Transporte Turístico de La Paz y Guiastur, se estima que por el efecto multiplicador del sector turismo en otros sectores del rubro, las pérdidas totales en el país serán de alrededor de 1.000 millones de dólares para el 2020, así como la pérdida estimada de 100 mil empleos directos, 500 mil empleos indirectos. 
Asimismo, continúa, la crisis sanitaria mundial por coronavirus, que afecta al país, provocará que prácticamente la totalidad de las empresas del sector confrontarán situaciones de insolvencia para afrontar sus obligaciones laborales, tributarias y financieras.
“Nuestro sector respalda plenamente las medidas asumidas por el Gobierno en su objetivo de preservar la vida y la salud de las personas como fin supremo, para reforzar las medidas de prevención y detección de nuevos casos de Covid-19, para reducir su posibilidad de transmisión en nuestra población”, añade el documento.
La Organización Mundial del Turismo (OMT) vino orientando la respuesta del sector del turismo en varios frentes: cooperar con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el organismo principal de las Naciones Unidas para hacer frente contra este brote; garantizar, junto a la OMS, que las medidas de salud se apliquen velando por reducir al mínimo las repercusiones innecesarias en los viajes y el comercio internacionales; posicionar la solidaridad con los países afectados; hacer hincapié en la resiliencia demostrada por el turismo y prestando apoyo a la recuperación.
Industria sin  chimenea
  • Hoteles Hasta  2018, en el país había al menos 28 hoteles cinco estrellas o que brindan una atención “excepcional” a sus clientes, de un total de 1.476 centros de hospedaje, los que van desde un hotel, apart hotel, residenciales, hostales, alojamientos, hasta casa de huéspedes.
  • Operadores  Hasta el 2017 habían en el país 489 operadores de turismo y 431 agencias de viaje, según Carlos Marín, investigador del área.
  •  Turistas Según un reporte de cifras de la Organización Mundial del Turismo (OMT) Barómetro Mayo 2019: En 2015, 882 mil personas visitaron Bolivia, al año siguiente 959 mil, el 2017 y el 2018 el número trepó a más de 1,1 millón, en cada año.
  •  Pernocte En 2012, pernoctaron 518 mil personas al menos una noche en los hoteles de La Paz, el 2015 subió a 528 mil y al año siguiente cerró con 532.229 usuarios, de acuerdo con la Secretaría Municipal de Desarrollo Económico del Gobierno Municipal de La Paz 
Punto de Vista
Carlos Marín,  es experto en turismo y es escritor
 El sector debería negociar el pago de sus salarios
Nuestro país no queda exento de esta crisis provocada por el Covid-19, en cuanto las empresas prestadoras de servicios turísticos recién venían de un proceso de recuperación provocado por el incendio y la devastación de la Chiquitania, que implicaba un desafío particular para el Estado en cuando al establecimiento de políticas de Estado urgentes en materia turística, con esta pandemia la necesidad es más que urgente. 
Siendo además las empresas turísticas son emprendimientos familiares e incluso unipersonales, en gran medida, se requiere de soluciones ingeniosas para salir de este muy mal momento económico. En este sentido, el sector debería proponer al Gobierno acciones o consensos urgentes, más allá de las estrategias de apoyo que ya plasmó en el Decreto Supremo 4196 para coadyuvar con las empresas privadas en general.
Una de ellas podría ser que el sector del turismo pueda tener la posibilidad de negociar con sus recursos humanos, por estos 15 días o lo que dure esta crisis, el pago de sus salarios en un tope del 50 o 60%, debido a que no se está generando ingresos. De la misma forma, una línea de financiación a empresas turísticas, especialmente afectados por las medidas de restricción de la circulación, y la consecuente menor demanda de servicios turísticos, reducción de reservas, etc.

 Otra alternativa sería la prestación por cese de actividad, en el caso del cierre de empresas prestadoras de servicios turísticos provocado por una caída de ingresos derivados de la epidemia y para ello se considere una causa de fuerza mayor, para acceder a la prestación por cese de actividad temporal.

martes, 24 de marzo de 2020

ECONOMÍA DEL TURISMO. España. Impacto económico del coronavirus.

Hoteles y agencias dan por perdido el verano y preparan ajustes masivos

Melia baja un 50% el salario a sus empleados en España durante dos meses. Cuarenta hoteles han cerrado por falta de demanda




Hoteles y agencias de viajes ya dan por perdido el verano. Ni la posibilidad de cancelar el viaje hasta 24 horas antes de realizar el mismo, ni los descuentos que en algunos casos han llegado al 45%, ni la posibilidad de desplazar el viaje unos meses en el calendario han surtido el efecto deseado para luchar contra el pánico desatado por la expansión incontrolada del coronavirus primero en China, luego en Italia y posteriormente en todo el mundo.
Todas las balas que ha gastado el sector para reactivar la demanda han sido inútiles. “Está muerta. Es una hecatombe. No había visto un caída tan intensa y de tal velocidad en mi vida”, reconocía el viernes uno de los fundadores de una gran cadena hotelera. José Luis Zoreda, vicepresidente ejecutivo de Exceltur, coincide en esa apreciación y pone como ejemplo el seguimiento que han hecho sobre la evolución de las reservas entre sus grandes socios, como NH, Meliá, Palladium, RIU, Hesperia o el Grupo Piñero, durante las tres últimas semanas. “La primera encuesta daba una caída de actividad del 7%; en la segunda semana creció al 28% y en la tercera ya estabamos en el 45%”, recalca Zoreda, que matiza que uno de los empresarios consultados le confesó que el retroceso en las reservas en realidad era muy superior y ya llegaba al 60%.

La recomendación de no viajar dispara las anulaciones en el mercado nacional

Varios datos corroboran esa tesis. Fuentes empresariales consultadas por Cinco Días confirman que al menos 40 hoteles cerraron el viernes sus instalaciones en España por falta de demanda y precisaron que ese solo será inicio hasta que la expansión del coronavirus esté controlada. Esas mismas fuentes precisan que la tardanza en la aplicación de medidas radicales provocará que el control de la enfermedad se alargue al menos cinco o seis meses, en línea con lo previsto por el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, en una de sus últimas comparecencias. “Cuando finalice ese período, el verano ya habrá pasado”.

lunes, 23 de marzo de 2020

DERECHO DEL TURISMO. Coronavirus. Restricciones al transporte de pasajeros.


Coronavirus: Se fijan restricciones al transporte de pasajeros urbano, interurbano e internacional hasta el 31 de marzo


Título: RESOLUCIÓN N° 64/2020 – Coronavirus (COVID-19). Transporte automotor y ferroviario de pasajeros urbanos, suburbanos y regionales de jurisdicción nacional. Circulación. Disposiciones.

Tipo: RESOLUCIÓN

Número: 64

Emisor: Ministerio de Transporte

Fecha B.O.: 18-mar-2020

Localización: NACIONAL

Cita: LEG105581



VISTO el Expediente N° EX-2020-17525719-APN-DGD#MTR, las Leyes Nros. 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), 24.449 , 27.132 y 27.514 , el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, los Decretos Nros. 958 del 16 de junio de 1992, 656 del 29 de abril de 1994 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y las Resoluciones Nº 568 del 14 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE SALUD y Nº 63 de fecha 17 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:


Que por el artículo 1° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y se delegó en el PODER EJECUTIVO NACIONAL la facultad de adoptar las medidas conducentes para superarla, hasta el 31 de diciembre de 2020, en los términos del artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el nuevo Coronavirus (COVID-19), por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto (art. 1°).

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se designó al MINISTERIO DE SALUD como su Autoridad de Aplicación.

Que, en este sentido, por su artículo 2° se facultó al MINISTERIO DE SALUD a disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario, a coordinar con las distintas jurisdicciones la adopción de medidas de salud pública, para restringir el desembarco de pasajeros de naves y aeronaves o circulación de transporte colectivo de pasajeros, subterráneos o trenes, o el aislamiento de zonas o regiones, o establecer restricciones de traslados, y sus excepciones, y adoptar cualquier otra medida que resulte necesaria a fin de mitigar los efectos de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).

Que, asimismo, por artículo 17 del decreto mencionado se estableció que los operadores de medios de transporte, internacionales y nacionales, que operan en la REPÚBLICA ARGENTINA, estarán obligados a cumplir las medidas sanitarias y las acciones preventivas que se establezcan y emitir los reportes que les sean requeridos, en tiempo oportuno.

Que, en tal sentido, en los considerandos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se manifestó que la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes.

Que por el artículo 2° de Resolución N° 568/20 del MINISTERIO DE SALUD se estableció que cada jurisdicción deberá dictar las reglamentaciones sectoriales en el marco de su competencia a partir de las medidas obligatorias y recomendaciones emitidas por la autoridad sanitaria; y por su artículo 4° se estableció que las recomendaciones que requieran para su cumplimiento medidas de carácter restrictivo que exijan la intervención de otras jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional les serán comunicadas por la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD a fin de que dicten los actos administrativos correspondientes para su implementación inmediata.

Que, mediante Nota N° NO-2020-17595230-APN-MS, el MINISTERIO DE SALUD emitió una serie

de recomendaciones en relación con el transporte en la REPÚBLICA ARGENTINA para la adopción de las medidas pertinentes por el MINISTERIO DE TRANSPORTE, en los términos de los artículos 2° y 4° de la Resolución N° 568/20 del MINISTERIO DE SALUD a fin de limitar la circulación de personas en el territorio nacional que puedan propagar el nuevo Coronavirus (COVID-19).

Que estas indicaciones del MINISTERIO DE SALUD comprenden la suspensión de los servicios de transporte interurbano de pasajeros de larga distancia en sus diferentes modos y la limitación en la ocupación de los servicios urbanos y suburbanos de pasajeros, en sus diferentes modos.

Que, no obstante, el MINISTERIO DE SALUD indicó contemplar la posibilidad de disponer excepciones fundadas en razones de estricto carácter sanitario y/o humanitario y/o para el cumplimiento de tareas esenciales en el marco de la emergencia decretada, en los términos del artículo 20 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20.

Que por el Decreto N° 656/94 se establece el marco regulatorio para la prestación de servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción Nacional, considerándose tales a aquellos que se realicen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o entre ésta y los partidos que conforman la Región Metropolitana de Buenos Aires, así como los interprovinciales de carácter urbano y suburbano en el resto del país.

Que en el decreto mencionado se establece que los permisionarios deben cumplir con todos los requisitos que la Autoridad de Aplicación establezca con relación a las condiciones de habilitación técnica, características, equipamiento y seguridad de los vehículos afectados a la prestación a su cargo.

Que por el Decreto N° 958/92 se establece el marco regulatorio aplicable al transporte por automotor de pasajeros por carretera que se desarrolle en el ámbito de la jurisdicción nacional, que comprende el transporte interjurisdiccional entre las Provincias y la Ciudad Autó

noma de Buenos Aires; entre Provincias; en los Puertos y aeropuertos nacionales, entre ellos, o entre cualquiera de ellos y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o las Provincias; excluyendo al transporte de personas que se desarrolle exclusivamente en la REGIÓN METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Que en el decreto mencionado se establece que la Autoridad de Aplicación podrá establecer las condiciones técnicas de operación en que los vehículos pueden ser utilizados para la prestación de los servicios de transporte por automotor interurbano e internacional de pasajeros.

Que por la Ley de Actividades Ferroviarias N° 27.132 se establece como principio de la política ferroviaria la prestación de un servicio ferroviario en condiciones de seguridad y la protección de los derechos de los usuarios.

Que, en virtud de las recomendaciones del MINISTERIO DE SALUD, corresponde adoptar las medidas y políticas tendientes al cumplimiento de aquéllas y, en consecuencia, limitar la circulación de pasajeros en el territorio nacional.

Que, sin perjuicio de ello, resulta necesario instruir el establecimiento de las excepciones de estricto carácter sanitario y/o humanitario y/o para el cumplimiento de tareas esenciales en el marco de la emergencia decretada a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), en relación con los modos de transporte ferroviario y automotor, y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

Que con estos objetivos, se dictó la Resolución N° 63 de fecha 17 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, cuyos términos corresponde aclarar; a fin de evitar dificultades interpretativas sobre la aplicación de la misma.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) establece que es función de los ministros intervenir en las acciones para solucionar situaciones extraordinarias o de emergencia que requieran el auxilio del ESTADO NACIONAL en el área de su competencia.

Que, asimismo, por la Ley N° 22.520 (t.o.

Decreto N° 438/92) se establece que compete al MINISTERIO DE TRANSPORTE entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia, y entender en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado intervención de sus competencias.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado intervención en el ámbito de sus competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y la Resolución N° 568 del 14 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE SALUD.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Establécese que desde la hora CERO (0) del 19 de marzo de 2020 hasta las VEINTICUATRO (24) horas del 31 de marzo de 2020, los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros urbanos, suburbanos y regionales de jurisdicción nacional sólo podrán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles. Se recomienda mantener el distanciamiento social.

ARTÍCULO 2°.- Establécese, desde la hora CERO (0) del 20 de marzo de 2020 hasta las VEINTICUATRO (24) horas del 24 de marzo de 2020, la suspensión total de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales.

ARTÍCULO 3°.- Establécese, desde la hora CERO (0) del 20 de marzo de 2020 hasta las VEINTICUATRO (24) horas del 24 de marzo de 2020, la suspensión total de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación general.

ARTÍCULO 4°.- Los plazos establecidos en los artículos precedentes podrán ser ampliados en función de las recomendaciones que emita el MINISTERIO DE SALUD conforme la evolución epidemiológica.

ARTÍCULO 5°.- Los operadores de servicios automotor y ferroviario interurbanos de pasajeros deberán, a opción del usuario:

1.- reprogramar los servicios que se suspendan en virtud de lo establecido por el artículo 2° de la presente resolución; o

2.- reintegrar el importe de los pasajes dentro del plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días.

ARTÍCULO 6°.- Los operadores de servicios aéreos adoptarán las medidas necesarias para la reprogramación de los servicios que se suspendan en virtud de lo establecido por el artículo 3° de la presente resolución en un todo de acuerdo con sus disposiciones y políticas internas.

ARTÍCULO 7º.- A los fines de dar cumplimiento a las recomendaciones del MINISTERIO DE SALUD, los operadores deberán adoptar las medidas que resulten necesarias para evitar la aglomeración de pasajeros en las estaciones ferroviarias, terminales de transporte automotor, ferroautomotoras y aeroportuarias sujetas a contralor de la Autoridad Nacional.

ARTÍCULO 8°.- Instrúyese a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT) y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) a profundizar y adoptar las medidas que resulten necesarias con el fin cumplimentar lo establecido en los artículos precedentes y establecer las excepciones por razones de carácter sanitario y/o humanitario y/o necesarias para el cumplimiento de tareas esenciales en el marco de la emergencia decretada.

ARTÍCULO 9°
.- Invítase a las provincias, municipios y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir a lo resuelto en la presente medida.

ARTÍCULO 10.- Déjase sin efecto la Resolución N° 63 de fecha 17 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 11.- La presente medida entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA (EANA), a OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), a TREN PATAGÓNICO SOCIEDAD ANÓNIMA, a METROVÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA, a FERROVÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA CONCESIONARIA, a AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA y a AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Andrés Meoni