sábado, 28 de marzo de 2020

DERECHO DEL TURISMO. España. Coronavirus. Exclusiones en el ERTE


Edición España. La crisis del coronavirus

Miles de fijos discontinuos y eventuales, excluidos de los ERTE

CCOO denuncia que estos trabajadores "se ven sin empleo y sin prestaciones por desempleo o agotando las que ya tenían reconocidas"27 MARZO, 2020

  • Aquellos fijos discontinuos y eventuales que no sean incluidos en un ERTE de fuerza mayor verán mermados sus derechos
  • Un ERTE por fuerza mayor da derecho a la prestación por desempleo aunque se carezca del periodo de cotización necesaria
  • CCOO presentará alegaciones en los expedientes que no hayan incluido a fijos discontinuos y eventuales
La oleada de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que está llegando a la industria turística con motivo de la crisis del coronavirus está dejando fuera de este esquema de protección a miles de trabajadores fijos discontinuos así como a empleados eventuales, según ha advertido el sindicato CCOO. Esto significa que esas personas no tendrán acceso a la prestación contributiva por desempleo.
“A muchas de estas personas el ERTE les ha cogido trabajando y a otras a punto de hacerlo, sobre todo en hoteles de temporada y, por la crisis del coronavirus, se ven sin empleo y sin prestaciones por desempleo o agotando las que ya tenían reconocidas”, según explica Gonzalo Fuentes, responsable de Hostelería y Turismo de CCOO.
Y es que, al no ser incluidos estos trabajadores en los ERTE, no podrán beneficiarse de las medidas de protección especial para los trabajadores que fueron incluidas en el Decreto Ley del pasado 17 de marzo. Dicho Decreto fue aprobado por el Consejo de Ministros, en el paquete de medidas económicas para combatir la crisis del coronavirus.
Concretamente, el Decreto prevé que los ERTE, tanto los de suspensión del contrato como los de reducción de jornada, se considerarán de fuerza mayor si son causados por las medidas adoptadas para combatir el Covid-19 y se resolverán en un plazo máximo de siete días.
Cabe recordar que las empresas pagan de cuota a la Seguridad Social el 32% del salario bruto de un trabajador. Sin embargo, aquellas empresas que hagan un ERTE por fuerza mayor tan solo tendrán que pagar el 8%.

Imagen de archivo de un hotel.

Prestación por desempleo

Al mismo tiempo, ese Decreto Ley contempla que las personas como fijos discontinuos o trabajadores eventuales incluidos en un ERTE tengan acceso a la prestación contributiva por desempleo “aunque carezcan del periodo de ocupación cotizada mínimo necesario para ello". Además, no computará el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo "a los efectos de consumir los periodos máximos de percepción establecidos”.
“Hago un llamamiento a los empresarios: no despidan a los trabajadores, es una crisis temporal", dijo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, cuando presentó el paquete de medidas.
Antes del estado de alarma, ya fueron rescindidos miles de contratos de fijos-discontinuos y eventuales, que ahora no se han incluido en los ERTE
Pero según añade el representante sindical de CCOO, “también estamos observando con preocupación que, antes de que el Gobierno decretase el estado de alarma y promulgase el Real Decreto de medidas económicas del 17 de marzo, se cortaron los contratos a cientos de miles de fijos discontinuos y a eventuales porque ya estaban bajando las ocupaciones. Y ahora muchas empresas dicen que estas personas no se incluyen en los ERTE, a pesar de la bonanza turística que hemos vivido en nuestro país. Sencillamente me parece una vergüenza”.
Por todo ello, CCOO anuncia que presentará alegaciones en los expedientes que se presenten por fuerza mayor ante la Inspección de Trabajo, organismo que emite el informe para la Autoridad Laboral antes de la aprobación de un ERTE. Y en caso que un ERTE sea aprobado sin incluir al colectivo de fijos discontinuos, el sindicado presentará “demandas individuales y de conflicto colectivo ante la jurisdicción social”.

"Evitar la picaresca"

Según explica Carlos Martínez, presidente de la institución académica IMF Business School, debe recordarse que un ERTE es “una suspensión con carácter temporal de los contratos, un parón de la relación laboral entre empresa y empleado que se establece por un plazo de tiempo determinado y que las compañías adoptan por razones económicas, organizativas o de producción. O bien por causas de fuerza mayor, como es el caso y como el Gobierno ha dictaminado que se reconozcan en esta crisis”.
En opinión de este experto, “en el actual estado de alarma decretado por el Ejecutivo, los ERTE son posiblemente una de las soluciones de más rápido impacto para garantizar la supervivencia de muchos de los negocios afectados. Pero, ojo, solo se deben aplicar en aquellos casos en los que la supervivencia del negocio esté real y efectivamente afectada y en peligro. En este sentido, será fundamental la vigilancia y el seguimiento de las autoridades laborales con el objetivo de evitar posibles casos de picaresca”.

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