jueves, 1 de julio de 2021

DERECHO DEL TURISMO. Coronavirus. Cómo reclamar devolución de los vuelos cancelados por la pandemia.

Cómo reclamar la plata de los vuelos cancelados durante la pandemia

Entre marzo de 2020 y este año, muchas personas no pudieron viajar porque sus vuelos fueron cancelados por la pandemia.

















Cómo reclamar la plata de los vuelos cancelados durante la pandemia.

La ley 27.563 de sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional, dictada en 2020 habla sobre el derecho de los consumidores “ante reprogramaciones y cancelaciones ocurridas como consecuencia de la pandemia por coronavirus COVID-19”. Allí se tiene en cuenta vuelos y alojamientos, pero muchas personas continúan con un constante reclamo para que su dinero regrese a sus cuentas.

En su artículo 27 se indica que si se realizó una contratación directa, “los establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte -en cualquiera de sus modalidades- que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados con motivo de la pandemia por coronavirus COVID-19, y cuyos servicios fueron contratados de manera directa, podrán ofrecer alternativamente a los usuarios las siguientes opciones:

  1. a) La reprogramación de los servicios contratados, respetando la estacionalidad, calidad y valores convenidos, dentro de un período de doce (12) meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación adoptadas por el Poder Ejecutivo;
  2. b) La entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta doce (12) meses posteriores al cese de las medidas de restricción, los cuales deberán brindar el acceso –sin penalidades- a equivalentes servicios contratados u otros que pudiera aceptar el cliente;
  3. c) El reintegro del monto abonado por los servicios contratados mediante el pago de hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento la primera de ellas dentro de los sesenta (60) días de recibida la solicitud de reembolso”.

En cuanto a la contratación mediante intermediarios, “se podrán reprogramar sus viajes o recibir un voucher para ser utilizado dentro de doce (12) meses desde la finalización de la vigencia de las restricciones ambulatorias y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido. Transcurrido el período de validez del voucher sin haber sido utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado”.

Según se aclara, “si solo algunos de los proveedores de servicios del viaje efectuaran la devolución o la cuantía devuelta por cada uno de ellos fuera parcial, el consumidor o usuario tendrá derecho al reembolso parcial correspondiente a las devoluciones efectuadas, siendo descontado del importe del voucher entregado”.

Si la empresa no acepta un reclamo legítimo de devolución o lo admite pero demora el pago, tal como ha sucedido con Aerolíneas Argentinas, donde muchas personas llevan más de seis meses esperando que le reintegren su dinero, los especialistas aseguran que el cliente puede recurrir a la Justicia.

Según Adrián Bengolea, presidente de la entidad Usuarios y Consumidores Unidos (UCU), el cliente puede exigir la devolución inmediata de lo pagado más intereses, que se cuentan desde que solicitó el reintegro.

Una vez que la persona decide recurrir a la justicia, deberá recolectar toda la documentación posible que acredite no solo la compra, sino también los mails o chats que mantuvo con la empresa para corroborar que efectivamente llega al reclamo judicial tras la falta de respuesta directa.

Según explicó la abogada especialista en Derecho de Consumidor Brenda Bocchicchio, “si los pasajes se compraron antes de la pandemia, no importa si la tarifa pagada no admitía devoluciones. Sea nacional o internacional, si el viaje se canceló por las restricciones, tienen que devolver el dinero. No basta con dar un voucher”.

 FUENTE Y ARTÍCULO COMPLETO


No hay comentarios:

Publicar un comentario