Impulsan proyecto para la actividad hotelera,
gastronómica y turística
La iniciativa es de autoría de Gustavo Menna (Chubut) y Alfredo Cornejo
(Mendoza), con la coautoría de legisladores de otras provincias. La norma
establece un régimen de emergencia laboral, tributaria y financiera para las
empresas del sector. La propuesta se fundamenta en el rol clave que la
actividad tiene para el país, al emplear a unas 650.000 personas en toda la
Argentina.
En el marco de las iniciativas para mitigar los efectos de las medidas para prevenir la propagación del coronavirus en la Argentina, los diputados nacionales del bloque UCR-Juntos por el Cambio Gustavo Menna (Chubut) y Alfredo Cornejo (Mendoza) presentaron, en coautoría con legisladores de otras provincias, un proyecto de ley para declarar la emergencia para la actividad de servicios de hotelería, gastronomía, agencias de viajes y turismo y prestadores de servicios turísticos hasta el 31 de diciembre de 2020. La propuesta, además, propicia establecer un régimen extraordinario de emergencia laboral, tributaria y financiera para las empresas que se desenvuelven en la actividad.
El proyecto de ley cuenta con la coautoría de los legisladores Ximena García (Santa Fe), Federico Zamarbide (Mendoza), Carlos Fernández (Buenos Aires), Roxana Reyes (Santa Cruz), Claudia Najul (Mendoza), Juan Martín Musacchio (Santa Fe), Gerardo Cipolini (Chaco), Natalia Villa (Buenos Aires), Lorena Matzen (Río Negro) y Francisco Sánchez (Neuquén).
La iniciativa da lugar “a mecanismos excepcionales en materia laboral, tributaria y de asistencia crediticia a todos aquellas personas humanas o jurídicas que sean titulares de establecimientos hoteleros, gastronómicos y de agencias de viajes y turismo, y que revistan el carácter de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES)”.
En los fundamentos, los legisladores nacionales tuvieron en cuenta que existen unos 17.000 hoteles y 5.000 agencias de turismo en el país que, sumados a los locales gastronómicos, suman unos 50.000 establecimientos, y consideraron que “uno de los sectores más severamente afectados por las medidas adoptadas en orden a prevenir y evitar la propagación del coronavirus COVID-19 es sin dudas el vinculado al turismo”, ya que “la restricción a la circulación de personas y bienes se han traducido en una parálisis total de la actividad”.
Tras mencionar que el turismo “es el cuarto sector de la economía más intensivo en mano de obra, responsable de dar empleo a más de 650 mil personas a lo largo y ancho de la Argentina”, agregaron que “los hoteles se encuentran absolutamente cerrados, sin poder recibir huéspedes y los servicios de gastronomía otro tanto, a excepción de aquellos que pueden llevar adelante el servicio de delivery, que por supuesto es solo un paliativo y que además afronta dificultades para su desenvolvimiento en razón de las restricciones adicionales al derecho de circulación que han dispuesto muchas autoridades provinciales e incluso municipales”.
“Esto provoca -añadieron- que la mayor parte de los establecimientos deban hacer frente a sus obligaciones tributarias, salariales y con proveedores, sin tener ningún tipo de facturación y mucho menos ingresos”.
Por la importancia del sector “llama poderosamente la atención -explicaron- que las autoridades públicas nacionales con competencia en la materia no hayan acertado a diseñar una sola medida orientada a amortiguar el impacto de la crisis en un sector vital para el desarrollo del país y la generación de empleo”.
“El país tiene una capacidad instalada de calidad, con recursos humanos altamente capacitados. Y, más allá de las dificultades que entraña la pandemia, no puede el Estado quedarse de brazos cruzados o resignándose a herramientas insuficientes, asistiendo a la quiebra de establecimientos y la pérdida de miles de puestos de trabajo que ello traerá aparejado”, continuaron.
“En tanto subsistan las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio que, por definición, son incompatibles con la actividad, constituye una obligación de las autoridades públicas estructurar mecanismos que permitan, cuanto menos, paliar la situación del sector y evitar el colapso de una actividad en la que desde lo discursivo se asientan las esperanzas de crecimiento y desarrollo de nuestro país”, añadieron.
La propuesta
En cuanto a las medidas en particular, Menna y Cornejo explicaron que el proyecto prevé la implementación de “programas de asistencia crediticia por parte de la banca pública y privada a tasa cero afectados a la cancelación de obligaciones salariales, de proveedores, impositivas y asistencias bancarias preexistentes”, así como “la bonificación de las comisiones bancarias y de tarjetas de crédito; el diferimiento de todas las obligaciones tributarias nacionales hasta el cese del aislamiento social, preventivo y obligatorio, con cancelación posterior en doce cuotas”.
También “la exención del pago de anticipos del impuesto a las Ganancias por el ejercicio fiscal 2020; la exención del impuesto a los créditos y débitos bancarios y la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y de las medidas cautelares decretadas en los mismos”.
Asimismo contempla la posibilidad de “tomar como crédito fiscal la prestación no remunerativa compensatoria de suspensiones prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo como crédito fiscal contra el saldo o anticipos del impuesto a las Ganancias o saldo de IVA”,
De manera complementaria, “y a los fines de impedir que las medidas ordenadas por la ley caigan en saco roto y sean solo un catálogo de buenas intenciones”, dijeron los legisladores, el proyecto “encomienda al Banco Central, en su carácter de entidad que ejerce la fiscalización y superintendencia del sistema financiero, el control efectivo del cumplimiento por parte de los bancos en la puesta a disposición de las asistencias crediticias a tasa cero que ordena, siempre dentro de los límites de la responsabilidad patrimonial computable (RPC) de cada entidad bancaria”.
Además, el proyecto, que determina al Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación como autoridad de aplicación de la Ley, invita a las provincias y, en su caso, a los municipios, a adherir a las disposiciones sobre diferimiento de vencimiento de tributos y suspensión de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.
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