miércoles, 26 de febrero de 2020

DERECHO DEL TURISMO. Europa. Multa a Meliá por discriminación

HOTELES
 Investigación europea

Bruselas multa con 6,6 millones de euros a Meliá por discriminar a clientes según su residencia

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"La investigación de la Comisión mostró que Meliá había suscrito contratos con operadores turísticos que limitaban las ventas activas y pasivas de alojamientos hoteleros", explica la Comisión Europea


Gabriel Escarrer, consejero delegado de Meliá Hoteles. JAVI MARTÍNEZ
La Comisión Europea (CE) ha impuesto este viernes una multa de 6.678.000 euros al grupo hotelero español Meliá por operar con cláusulas que discriminaban entre los consumidores del Espacio Económico Europeo en función de su lugar de residencia, lo que infringe la normativa europea de competencia.
"La investigación de la Comisión mostró que Meliá había suscrito contratos con operadores turísticos que limitaban las ventas activas y pasivas de alojamientos hoteleros", ha informado el Ejecutivo comunitario en un comunicado.
La infracción por la que se impone esta sanción se prolongó durante los años 2014 y 2015 y comenzó a investigarse en 2017.
"En este momento del año, muchas personas están haciendo reservas para sus vacaciones de verano y buscando las mejores ofertas. Meliá impidió a los operadores turísticos ofrecer libremente alojamientos hoteleros en todos los lugares de Europa. Como consecuencia, los consumidores accedieron a ofertas distintas y precios distintos en función de su nacionalidad. Esta práctica es ilegal con arreglo a las normas de defensa de la competencia", argumenta Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva de la CE y responsable de la política de Competencia.
En febrero de 2017, la Comisión inició una investigación de defensa de la competencia relativa a los acuerdos sobre el alojamiento hotelero concluidos por Meliá y varios operadores turísticos, en la que evaluaba si esos acuerdos contenían cláusulas que discriminaban ilegalmente entre clientes en función de su nacionalidad o su país de residencia.
La investigación de la Comisión mostró que Meliá había suscrito contratos con operadores turísticos que limitaban las ventas activas y pasivas de alojamientos hoteleros. Más concretamente, las condiciones generales de los contratos de Meliá con los operadores turísticos contenían una cláusula con arreglo a la cual los contratos eran válidos únicamente para reservas de clientes residentes en ciertos países concretos.
Esos acuerdos podrían haber segmentado el mercado único europeo al restringir la libertad de los operadores turísticos de comercializar alojamientos hoteleros en todos los países de la UE y de responder a solicitudes directas de clientes que no residían en los países especificados. Como consecuencia, los consumidores no podían visualizar todos los alojamientos disponibles o reservar habitaciones a los mejores precios con operadores turísticos de otros Estados miembros.
La Comisión ha llegado a la conclusión de que las prácticas ilegales de Meliá privaron a los consumidores europeos de uno de los beneficios fundamentales del mercado único: la posibilidad de disfrutar de una gama más amplia de elección y acceder a unas mejores condiciones en sus compras.

REBAJA DE LA MULTA

Meliá ha colaborado con los requisitos exigidos por parte de la Comisión durante sus investigaciones y ha reconocido expresamente los hechos y las infracciones.
Esa cooperación le ha valido una reducción del 30% del importe de la multa a cambio de esa cooperación.
Las investigaciones, que arrancaron en febrero de 2017, también afectaban a acuerdos del mismo tipo concluidos por los cuatro mayores operadores turísticos europeos (Kuoni, REWE, Thomas Cook y TUI), cuyos procedimientos han quedado finalmente archivados.

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